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La información comunal en la factura del ABL

Un proyecto del diputado Javier Andrade propone modificar los comprobantes de pago emitidos por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, relativas a las Contribuciones de Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros.

Un proyecto del diputado Javier Andrade propone modificar los comprobantes de pago emitidos por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, relativas a las Contribuciones de Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros.

Según los fundamentos del proyecto, la recaudación fiscal implica una relación entre el Estado y la sociedad. Cada ciudadano/a que realiza una contribución, está aportando parte de sus ingresos a la mejora de los servicios públicos.

Esto significa que un sistema impositivo bien organizado, basado en criterios de equidad y solidaridad, permite a la ciudadanía sentirse parte de una comunidad y, al mismo tiempo, recibir lo que tributa con un plus diferencial, que habilita que lo que es accesible al uso de uno también lo sea para los demás.

Sin dudas, es necesario repensar y perfeccionar la manera en la que se recaudan y distribuyen los recursos, pero incluso dentro de la mecánica actual es posible introducir algunos cambios, que hacen a la circulación de información, capaz de fortalecer el acceso a derechos y servicios básicos, la responsabilidad ciudadana y, por ende, los lazos democráticos que tejen y articulan nuestra sociedad.

El espíritu de la Constitución de 1996, materializado en la Ley 1.777, descansa en la idea de que los ciudadanos y ciudadanas tenemos el derecho y el deber de, por medio de las instituciones comunales, definir las prioridades presupuestarias de nuestros barrios.

Para que esta realidad se torne efectiva, resulta indispensable que cada vecino y vecina de la Ciudad conozca la existencia de las Comunas, quiénes son sus representantes y cuáles son los órganos de participación, además de la ubicación física de las sedes y subsedes comunales, los días, horarios y lugares de reunión de la asamblea plenaria del Consejo Consultivo, entre otros datos relevantes que, como información pública, deben llegar a cada hogar, de manera clara y precisa.

Añadir leyendas que condensen esta información en las diferentes boletas de pago que hacen frente los vecinos y vecinas de la Ciudad tiene el simbolismo de que el Estado, al recaudar las contribuciones ciudadanas, les comunica a su vez que podrán ejercer un activo protagonismo en la definición de cómo se administran los recursos públicos y su respectivo impacto comunal. 

Asimismo, es fundamental para el acceso y ejercicio de los derechos de la ciudadanía, la difusión de los Centros Integrales de la Mujer (CIM).

Son centros de atención de la violencia doméstica y sexual con atención psicológica individual y grupal, asesoramiento, patrocinio jurídico y un área de atención social.

La Ley N° 5.466 prevé la construcción de un CIM por comuna (como mínimo) y hasta cumplimentar el máximo de uno cada 50.000 mujeres.

Además de la difusión existente de la Linea 144 para la atención telefónica especializada a mujeres víctimas de violencia de género en las boletas actuales, es importante difundir masivamente información sobre los Centros que existen en cada barrio y comuna para facilitar el acceso a organismos que brinden atención inmediata ante situaciones de violencia de género

El artículo 20 de la Ley 104, establece la información mínima que el Poder Ejecutivo y las Comunas deben garantizar a la ciudadanía, entre ella la “referida a la composición y funcionamiento de la comuna”, más todos los incisos subsiguientes.

A su vez, el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, de jerarquía constitucional, incorpora al derecho a la libertad de expresión poder “buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”. Entendemos que las modificaciones planteadas representarían un importante avance en el cumplimiento de la Ley 1.777.