La diputada porteña Claudia Neira presentó un proyecto para que la Legislatura inste al Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta a tomar las medidas necesarias para garantizar un presupuesto propio en cada Comuna.
La democracia participativa en la Constitución de la Ciudad
En los fundamentos de la iniciativa parlamentaria, la diputada advierte que las Comunas de la Ciudad, como ordena el artículo 127 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CCABA), son unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial.
Estas entidades territoriales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 128 de la CCABA, ejercen funciones de planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad y elaboran su programa de acción y anteproyecto de presupuesto anual, así como su ejecución.
Siguiendo en el marco de la CCABA, en su artículo 53 se establece que el presupuesto del sector público debe contener todos los gastos que demanden el desenvolvimiento de los órganos del gobierno central, de los entes descentralizados y comunas, y a su vez en el artículo 129 se determina que la Ley de presupuesto debe establecer las partidas a asignar a cada Comuna.
La Ley de Comunas
Asimismo, según el artículo 10 de la Ley Nº 1.777 (Ley Orgánica de Comunas) se determinan las competencias exclusivas de las Comunas. Entre ellas se destaca en el inciso c) de dicho artículo la “elaboración participativa de su programa de acción y anteproyecto de presupuesto anual, su ejecución y la administración de su patrimonio”.
Por su parte en la Ley Nº 70 (Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad) se establece en su artículo 4 que las disposiciones de dicha ley son de aplicación no solamente para la Administración Central y otras entidades, sino también para las comunas.
Asimismo, es necesario destacar que en el artículo 6 de la Ley Nº 70 se les reconoce a las unidades institucionales comunales el rango de jurisdicción.
En complemento, en el artículo 28 de la citada norma, se establece que cada jurisdicción cuenta con un servicio administrativo financiero para llevar adelante las funciones presupuestarias, contables, de pagos, de compras y administración de personal.
Del mismo modo, en el artículo 102 se manifiesta que cada jurisdicción cuenta con una tesorería central que recibe los fondos puestos a su disposición y cumple con los pagos correspondientes.
El proyecto
En relación con estos antecedentes normativos, Claudia Neira presentó el proyecto para garantizar que cada comuna, entendida como unidad institucional, cuente con su jurisdicción presupuestaria propia e independiente de la Administración Central.
Desde la asunción de las primeras juntas comunales en diciembre de 2011 hasta la fecha, las Comunas no han sido reconocidas con jurisdicción independiente.
En las sucesivas leyes de presupuesto han sido subsumidas a Ministerios o Secretarías del Poder Ejecutivo. En la actualidad, por ejemplo, funcionan como organismos descentralizados bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete.
La Ley Nº 70 es contundente en este sentido, ya que considera a las Comunas como parte del Sector público de la Ciudad y le otorga la jerarquía de jurisdicción al igual que la Legislatura, la Justicia, la Jefatura de Gobierno, los ministerios y secretarías del Poder Ejecutivo.
Del mismo modo, dicha ley les concede a las comunas un carácter independiente de la Administración Central (Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial), criterio que debe ser cumplido en la elaboración de la ley de presupuesto anual.
Por esto mismo, se presenta este proyecto para reafirmar que cada una de las Comunas de la Ciudad debe constituir una jurisdicción presupuestaria individualizada, propia y diferenciada de la Administración Central para darle cumplimiento efectivo a al régimen normativo comunal.
10 años de Comunas
Ya han pasado más de 10 años desde el funcionamiento operativo de las Comunas y resulta inadmisible que las Comunas sean semejantes a unidades ejecutoras de un ministerio, en jerarquía equivalente a una dirección, secretaría u organismo descentralizado, siendo la unidad ministerial la que administra y ejecuta el presupuesto comunal.
Esta iniciativa se presenta en continuidad con los expedientes de la Diputada con mandato cumplido María Rosa Muiños que en sendas oportunidades (E-345-2015; E-758-2015; E-2764-2017; E 585-2019) realizó proyectos legislativos para que se les reconozcan a las Comunas las funciones presupuestarias que les corresponden por ley.