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Una ley para facilitar la participación ciudadana

El Consejo Consultivo de la Comuna 5, que integra a los barrios Almagro y Boedo, realizó una asamblea en la que reafirmó la necesidad que se implemente la Ley 5629 que establece un régimen de Publicación e Información Comunal.

El Proyecto del diputado de la Ciudad Maximiliano Ferraro sancionado el 22 de setiembre de 2016 por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sigue dando que hablar.

En la asamblea del Consejo Consultivo de la Comuna 5 realizada el 28 de enero se mencionó una ley que obliga a las Juntas Comunales a publicar todo lo referido a su trabajo (reuniones y resoluciones) para facilitar la participación ciudadana en el control de gestión.

La Ley sancionada crea el Régimen de Publicación e Información Comunal, que tiene como objeto, facilitar la participación de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones y en el control de los asuntos públicos.

Mediante esta norma se obliga a las Juntas Comunales a publicar en el libro de actas, la página Web y las redes sociales de la Comuna todo lo que tenga que ver con el reglamento o su norma de funcionamiento, las actas transcritas al Libro de Acta, todo requerimiento, nota, pedido o solicitud que eleve cada integrante de la Junta Comunal o el Consejo Consultivo Comunal a través de la mesa de entradas de la Comuna, proyectos, Declaraciones o Resoluciones emitidos por la Junta Comunal y resoluciones de Plenario del Consejo Consultivo Comunal, con su número de expediente, lugar, fecha, hora y temario de las Sesiones de la Junta Comunal y los Plenarios del Consejo Consultivo Comunal.

Así se considera lo que plantea el artículo 3 de la Ley 1777 de Comunas en su punto “b” con respecto a “facilitar la participación de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones y en el control de los asuntos públicos”, así como en el punto “c” del mismo artículo establece “promover el desarrollo de mecanismos de democracia directa”.

Las Comunas son unidades de gestión política y administrativa, con competencia territorial. Estas tienen un órgano de gobierno que, colegiado y electo por el pueblo de la comuna, actúa en representación de los intereses de los ciudadanos. Esto significa que en el marco de la gestión de un gobierno democrático, el derecho a la información por parte del ciudadano es inalienable e inherente al transcurrir de la misma.