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Más protección para los edificios históricos de la Comuna 3

Una diputada porteña del bloque oficialista presentó un proyecto para cambiar la catalogación de dos edificios históricos de la Comuna 3. Qué dice el proyecto y cuáles son los fundamentos.

Según los fundamentos del proyecto de Ley presentado por la diputada de la Ciudad María Cecilia Ferrero, los edificios seleccionados de la Comuna 3 poseen actualmente Catalogación Definitiva con Nivel de Protección Cautelar. La excepcional calidad de diseño y construcción, los atributos de espacialidad y diseño en interiores, así como el buen estado general de manutención nos hacen considerar que ameritan la elevación de su Nivel de Protección a Estructural.

Las obras en cuestión surgen de la revisión de inmuebles incluidos en la publicación “Patrimonio Arquitectónico Argentino. Memoria del Bicentenario” Tomo III (1880-1920), publicado en 2017 por el Ministerio de Cultura de la Nación, y que es resultado de una exhaustiva investigación y selección realizada por la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos junto a prestigiosas instituciones y profesionales del Patrimonio.

Por nota NO-2021-29678275-GCABA-DGIUR con fecha 1º de octubre de 2021 el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP) se ha expedido en pos de la Catalogación con Nivel de Protección Estructural de los mismos. 

La DGIUR, tomando en cuenta la recomendación del Consejo, ha elaborado con fecha 02 de noviembre de 2021 las Fichas de Catalogación correspondientes, incluidas en Anexo I del Proyecto de Ley, en las que se consigna de forma preventiva el Nivel de Protección Estructural que promovemos.

El proyecto

Sobre la base de estos fundamentos la diputada porteña del bloque Vamos Juntos presentó un proyecto con el siguiente texto.

Artículo 1º.- Descatalóguese del Nivel de Protección Cautelar y Catalóguese con Nivel de Protección Estructural en los términos establecidos en el Artículo 9.1.3.2.2 “Protección Especial Edilicia” del Código Urbanístico, a los siguientes inmuebles sitos en la Comuna 3: 

N° orden S-M-P Dirección 

1 030-064-008c Av. San Juan 3049/51/53 

2 028-065-008 Av. Belgrano 2852 

Artículo 2º.- Incorpórese en forma definitiva a los inmuebles catalogados en Artículo 1º de la presente ley al Anexo I del Código Urbanístico “Catálogo de Inmuebles Protegidos” en los términos establecidos en el Artículo 9.1.2.3 “Catálogo”. 

Artículo 3º.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 1º. 

Artículo 4º.- Las Fichas de Catalogación Nº 030-064-008c y 028-065-008 constituyen, en copia certificada, el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley. 

Artículo 5º.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los artículos 89º y 90º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 

Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.