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Proponen declarar patrimonio histórico al mural de Maradona en San Cristóbal

El pasado domingo 30 de octubre se cumplieron 62 años del natalicio de uno de los mejores jugadores de fútbol de todos los tiempos Diego Armando Maradona y con el fin de homenajear su trayectoria se realizo un mural de gigantescas dimensiones.

Entre tantas evocaciones y homenajes que se le hicieron y se le harán, la mencionada obra artística resulta conmovedora y se encuentra emplazada sobre las medianeras de los edificios ubicados en la Av. San Juan 1560, frente a la Plaza Lola Mora, casi en el cruce de la calle Virrey Cevallos, barrio de Constitución perteneciente a la Comuna 1, a metros de San Cristóbal.

Este proyecto tardo un año en concretarse, se inició con la idea Santiago Carrera un fanático del diez de la selección Argentina de futbol que por medio de la empresa YPF y en el marco del cumplimiento de sus 100 años decidió homenajear al ídolo.

En esta odisea por agasajar a Maradona hizo participar a  su familia, quienes ayudaron a la hora de elegir la fotografía que muestra la expresión más maradoneana. La imagen escogida fue la del estadio Olimpo en Roma contra Alemania, en el mundial de 1990, luego de que abuchearon el himno Argentino porque nuestra selección había eliminado a los italianos quienes contaban con la localía.

Para concretar esta obra surrealista trabajaron siete artistas Martin Ron y su equipo integrado por Mariana Parra, Nicolás Dicianno, Tekaz, Pastor Uasen, Lucio Cress, Camila Loiacono, Kun Parra y Joaquín Caba.

 El mural mide 40 metros de altura por 45 metros de ancho, aproximadamente 1800 metros cuadrados, convirtiéndose en una obra de gran envergadura de la cultura popular.

Para su realización se utilizaron 800 litros de pintura y se empleó un tratamiento especial para su conservación. La concreción del mural tardo un mes, porque durante ese periodo azotaron fuertes vientos y días de lluvia que retrasaron el proyecto.

Martín Ron fue declarado Personalidad Destacada de la Cultura, a través de la Declaración N° 276/2021, por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en reconocimiento de su gran talento expresado en numerosos murales callejeros.

Sin ninguna duda, por su ubicación, magnitud y calidad artística, esta obra debe constituirse como un punto de referencia social, cultural y popular dentro de la ciudad porteña no solo para los vecinos de la metrópolis sino también para todos los habitantes de la República Argentina y del mundo.

La pasión que ha despertado Maradona en argentinos y extranjeros mueve este tipo de homenajes y creemos que la Legislatura de la Ciudad debe darle su merecido reconocimiento y posibilidad de preservación a través de los tiempos.

El proyecto de Ley

Sobre esta base, el diputado de la Ciudad Gustavo Mola presentó un proyecto con el siguiente texto.

Artículo 1°.- Declárase como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PCCABA), en la categoría Monumentos, según los términos del artículo 4°, inc. “b” de la Ley N° 1.227, el mural del artista Martín Ron realizado en homenaje al futbolista Diego Armando Maradona cuyo emplazamiento tiene lugar en la Avenida San Juan 1558, Comuna 1, Barrio Constitución frente a la Plaza Lola Mora.

Artículo 2°.- Dispóngase la colocación de una placa de 1 m. por 0.50 m. cuyo texto será el siguiente:

“DIEGO ARMANDO MARADONA

BARRILETE CÓSMICO

ILUMINAS DESDE LAS ESTRELLAS

CADA RINCÓN DE NUESTRO SUELO

GRACIAS POR TANTA PASIÓN, CORAJE Y ALEGRÍA

VIVIRÁS POR SIEMPRE

 EN CADA GRITO DE GOL CELESTE Y BLANCO”

AUTOR DEL MURAL MARTÍN RON

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Artículo 4°.- Inclúyase, con una breve reseña informativa, en las Agendas Cultural y Turística del gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la ubicación del mural citado en el artículo 1°, con el objeto de que el mismo sea difundido y visitado.

Artículo 5°.- El Ministerio de Cultura deberá preservar el Mural con la finalidad de impedir el deterioro del mismo, para ello podrá realizar convenios con empresas privadas u otros organismos y divulgar a los patrocinantes.

Artículo 6°.- Cúmplase con los artículos 89° y 90° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 7°.- Comuníquese, etc.